TEMA 5.1 - LA RECETA MÉDICA .PROTOCOLO DE DISPENSACIÓN POR PRESCRIPCIÓN.

LA PRESCRIPCIÓN Y LA RECETA 

La PRESCRIPCIÓN; es el acto médico por el cual se indica a un paciente un tratamiento farmacológico, ortoprotésico o dietético con instrucciones.
La RECETA; es el documento que traslada la información del prescriptor al farmacéutico o farmacéutica para su dispensación.
LA RECETA MÉDICA
Según el RD 1718/2010 de 17 Diciembre:
Se define la RECETA MÉDICA como un documento de carácter sanitario , normalizado y obligatorio mediante el cual los médicos, odontólogos y podólogos prescriben a los pacientes los medicamentos o productos sanitarios sujetos a prescripción médica para su dispensación en oficinas de farmacia, por un farmacéutico o farmacéutica o bajo su supervisión, o en botiquines dependientes de las mismas  así como en otros establecimientos sanitarios, unidades asistenciales o servicios farmacéuticos de atención primaria autorizados. 
Además, este documentos sanitario prescrito por profesionales sanitarios autorizados tanto del SNS como de regímenes especiales (Mutualidades; MUFACE, ISFAS, MUGEJU) así como de otras entidades públicas o privadas será válido en todo el territorio nacional.

TIPOS DE RECETAS MÉDICAS

Podemos diferenciar principalmente 2 tipos de recetas dependiendo del profesional o la profesional que las prescriba:

  1. RECETAS MÉDICAS PÚBLICAS: serán aquellas emitidas por profesionales sanitarios autorizados, para ser utilizadas en la prestación farmacéutica del SNS y regímenes especiales (Mutualidades). Además, el usuario se beneficiará de dicha prestación según el grupo de cotización al que pertenezca. Para ello en la receta electrónica se establecen unos Códigos asignados dependiendo del TSI (Tarjeta sanitaria individual, que es el certificado electrónico del paciente)  del usuario.                                                                          
      CUERPO DE LA RECETA  PARA LA O.F.  
    HOJA DE INFORMACIÓN PARA EL PACIENTE 
  2. RECETAS MÉDICA PRIVADAS: son aquellas recetas que por ser emitidas en consultas privadas el usuario no puede beneficiarse de la prestación farmacéutica del SNS y deberá pagar íntegramente el medicamento. En el caso de receta electrónica el usuario utiliza un certificado de DNI electrónico, el prescriptor un certificado o firma electrónica y además en la receta se incluye un código de verificación electrónica (CVE).







CUMPLIMENTACIÓN, FORMATOS Y DATOS COMUNES DE LAS RECETAS MÉDICAS.
La cumplimentación de las recetas médicas por parte de prescriptores (médicos, odontólogos y podólogos) tanto públicas como privadas deberán ajustarse a unos formatos y datos comunes que garanticen su validez.
Esta CUMPLIMENTACIÓN puede hacerse :
- DE FORMA MANUAL O INFORMATIZADA
Además el FORMATO puede ser:
- EN SOPORTE PAPEL                                                                      
    RECETA MÉDICA EN PAPEL

     -EN SOPORTE ELECTRÓNICO                                                                            

    RECETA ELECTRÓNICA

    Sea cual sea el soporte debe acompañarse de una HOJA INFORMATIVA para paciente dónde se indique la información del tratamiento para un uso adecuado y racional de lo que se ha prescrito.
    DATOS COMUNES DE LAS RECETAS MÉDICAS
    Los datos comunes que deben aparecer en las recetas públicas y privadas así como en la hoja de información son los siguientes:
    1. DATOS DEL PACIENTE: nombre, dos apellidos y fecha de nacimiento (edad). En el caso de las recetas médicas de asistencia sanitaria pública debe aparecer el (SIP) código de identificación personal del paciente, que lo asigna el Servicio de Salud o las Administraciones Competentes y que queda recogido en la TSI. Este código como ya hemos visto indica la aportación de cada usuario.En las recetas privadas aparece el nº de DNI o NIE del paciente, si son menores se aporta el DNI o NIE de padres o tutores legales menores y si son extranjeros el nº de pasaporte.                                    
    2. DATOS DEL MEDICAMENTO: denominación del o los p.a., o denominación de marca comercial. Dosificación y forma farmacéutica. Vía o forma de administración.Formato o nº de unidades por envase o contenido del mismo en peso o volumen. El nº de envases o nº unidades a dispensar. Posología o nº de unidades por toma , frecuencia y duración total del tratamiento. En el formato en soporte electrónico hay datos que se generan automáticamente (formato y nº envases o unidades sólo se consignan en soporte papel).                                                                                                                 
    3. DATOS DEL PRESCRIPTOR: nombre y dos apellidos. Datos de dirección, correo, cualificación profesional, nº colegiado. En el caso de las recetas públicas hay un código de identificación asignado a cada profesional. En el caso de las recetas en soporte electrónico se requiere una firma electrónica.Por tanto, según el tipo de receta se consignarán los datos de una forma manual o automatizada.                                    
    4. OTROS DATOS: fecha de prescripción (día/mes/año), fecha prevista de dispensación (día/mes/año) para casos de tratamientos crónicos o de dispensación renovable, así como el nº orden de dispensación (caso de dispensaciones sucesivas). Además, si hiciera falta un visado de inspección deberá ser consignado (en papel o electrónico). También se debe incluir tanto en soporte en papel como en soporte electrónico una cláusula de información al paciente sobre protección de la confidencialidad de datos de carácter personal (LOPD).                                                                                          
    5. HOJA DE INFORMACIÓN PARA EL PACIENTE: puede ser la misma receta impresa en formato electrónico o una hoja independiente (o copia) y separable como es el caso de soporte en papel.


    Cabe mencionar la importancia de consignar los datos de forma claramente legible sin enmiendas ni tachaduras a no ser que hayan sido salvadas por una nueva firma del prescriptor. Además, el material de las citadas recetas deberá ser tal que impida su falsificación y garantice unas medidas de seguridad en cuanto a su autenticidad.

    A tenor de todo lo expuesto anteriormente cabe mencionar una serie de características a tener en cuenta en los 2 tipos de recetas médicas.
    - Por una parte las receta médicas oficiales del SNS se diferencian de las privadas por llevar un código en la parte superior de la receta que viene asignado según TSI del paciente.
    Así tendremos:
    1. CÓDIGO TSI 001: usuarios exentos de aportación
    2. CÓDIGO TSI 002: usuarios con aportación reducida del 10%
    3. CÓDIGO TSI 003: usuarios con aportación del 40%
    4. CÓDIGO TSI 004: usuarios con aportación del 50%
    5. CÓDIGO TSI 005: usuarios con aportación del 60%
    6. CÓDIGO TSI 006: usuarios de mutualidades. Aportación del 30%
    7. CÓDIGO ATEP: recetas de accidentes de trabajo o de enfermedades profesionales. Aportación del 0%
    8. CÓDIGO NOFIN: recetas de medicamentos no financiados. Aportación 100%.
    9. CÓDIGO DAST: aportación íntegra para usuarios que son pacientes en asistencia sanitaria transfronteriza de la UE ( adelantan el pago y solicitan después el reembolso en su país).
    -Por otra parte las receta médicas oficiales del SNS se diferencian de las privadas porque ésta últimas no llevan el espacio destinado a los cupones precinto por no estar financiados los medicamentos.
    -También podemos encontrar la RECETAS DE MEDICAMENTOS ESTUPEFACIENTES, OFICIALES (ROE) Y PRIVADAS. Estos medicamentos necesitan unas condiciones especiales de dispensación que veremos más adelante.



    CRITERIOS DE PRESCRIPCIÓN EN LA RECETA ELECTRÓNICA


    La Receta Electrónica es el sistema de prescripción que permite a los profesionales sanitarios de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública, enviar directamente y de forma inmediata a las oficinas de farmacia, a través de un sistema informático seguro, las prescripciones de los medicamentos y productos sanitarios para su dispensación.

    La prescripción en la Comunitat Valenciana se realiza de forma informatizada en todos los ámbitos a través del sistema corporativo, bien sea en Atención Primaria, en el Hospital, en Consultas Externas, Unidades de Apoyo, etc. y permite visualizar sus tratamientos con el objeto de prescribir el que más se adecue a sus necesidades.

    NOVEDADES

    (31-10-2019) Se ha implementado un nuevo modelo de gestión de recetas adaptándolo a los modelos que prevalecen en el resto de SNS. Al prescribir un tratamiento, el actual modelo planificaba una serie de recetas con unas fechas determinadas, con el nuevo modelo estas recetas no tendrán caducidad, sencillamente las personas acudirán a la farmacia cuando precisen medicación durante el tiempo de vigencia del tratamiento.


    VENTAJAS DE LA PRESCRIPCIÓN ELECTRÓNICA
    1. Es Cómoda: No hay que acudir al médico para recoger recetas de continuación. En la Farmacia le entregarán los medicamentos según la pauta que haya sido establecida por el su médico.
    2. Aporta mayor seguridad:                        
    • Ya que cualquier profesional sanitario puede saber qué medicación toma y así evitar problemas debidos al uso de medicamentos duplicados o que deban ser tomados al mismo tiempo. Además, el propio sistema alerta de posibles incidencias de forma automática.
    • En la Oficina de farmacia están totalmente seguros del medicamento y dosis prescritas y prestarán una mejor atención farmacéutica.

    FUNCIONAMIENTO
    1. Le prescribirán los medicamentos en el programa informático de prescripción, accesible para todos los profesionales que le atienden.
    2. Le entregarán una hoja de tratamientos, donde constan los medicamentos que ha de tomar, cómo ha de tomarlos y hasta cuándo debe hacerlo. Esta hoja puede llevar también recomendaciones adicionales que debe leer detenidamente para su información.
    3. En la hoja de tratamientos que le ha sido entregada aparece un código de barras que es necesario para retirar los medicamentos en su oficina de farmacia o para poder acceder al módulo de farmacia de la APP + SALUT, donde encontrará la misma información que en la hoja de tratamientos y con la que también podrá acudir a la farmacia para obtenerlos.                                                                         
    4. Deberá acudir a la farmacia a retirar nuevos envases de medicamentos cuando los necesite, la receta no caduca hasta que finalice el período de tratamiento fijado:                                                                                                                                                   -En el caso de tratamientos crónicos acuda a la farmacia cuando esté próximo a finalizar el envase que tenga en casa. Por su seguridad, es importante no acumular medicación en el domicilio.
    5. Cuando retire un envase, el siguiente no será dispensable hasta que haya consumido aproximadamente la mitad de la duración del envase. El sistema calcula el tiempo durante el cual dispone de tratamiento de acuerdo a la pauta prescrita y las dispensaciones efectuadas.
    EJEMPLOS DE RECETAS PÚBLICAS DEL SNS EN PAPEL

    EJEMPLOS DE RECETAS PÚBLICAS DE RÉGÍMENES ESPECIALES  EN PAPEL (MUTUALIDADES)



    MUFACE
                                                     



    ISFAS
                             
    MUGEJU

    MENCIONAR QUE LAS RECETAS DE MUTUALIDADES SE PRESENTAN EN FORMA DE TALONARIO CON COPIA PARA EL PACIENTE
    EJEMPLOS DE RECETAS PÚBLICAS DEL SNS EN PAPEL (SOPORTE - RECETAS ELECTRÓNICAS)



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